PROYECTO DE PRÁCTICAS EDUCATIVAS: Acuerdo Paritario/Reglamento de
concursos Resol. Ministerial Nº 783/12 M. T. y sus modificatorias, Resol. 2300/22
CGE y Res. 1840/23 CGE a cubrir mediante Presentación de Proyectos conforme
a los Art. 146°y 147° de la Resol. Nº 2300/22 CGE.-
LINEAMIENTOS DE PROYECTO PARA PRÁCTICAS EDUCATIVAS.
FUNDAMENTACION.
Las demandas del mundo del trabajo y de la sociedad contemporánea exigen una formación
general que posibilite a los jóvenes su inserción en los diferentes ámbitos de la producción
y el trabajo, y también en los estudios superiores.
Esto implica pensar el aula trascendiendo el ámbito escolar, lo que conlleva el desafío de re
significar las fronteras institucionales de la escuela, y sostener la convicción de que se
aprende no sólo en el aula, sino también cuando el profesor guía al estudiante en la
realización de acciones que ponen en juego la propuesta escolar en otros ámbitos sociales:
ya sean en el mundo cultural, artístico, comunicacional, o laboral.
En este sentido, la Ley de Educación Nacional 26.206, en su artículo 30 explicita los fines
generales de la Educación Secundaria para todas sus modalidades y orientaciones, y
especialmente en el artículo 33 reconoce la necesidad de que las instituciones escolares
propicien la realización de prácticas educativas. De este modo, tanto la Ley de Educación
Nacional como la Ley de Educación Provincial, brindan el marco jurídico para que las
prácticas educativas, en tanto espacio de formación, estén incluidas en todas las
orientaciones ya que su propósito es vincular las escuelas con el mundo de la producción y
del trabajo.
Teniendo en cuenta este marco, se proponen las Prácticas Educativas como espacio
curricular donde se puedan construir estrategias y actividades formativas para que los
estudiantes consoliden, integren y/o amplíen las capacidades y saberes que se corresponden
con el perfil profesional en el que se están formando. No implica una capacitación
específica para un empleo sino un proceso de orientación vocacional y laboral que les
permita reflexionar sobre su futuro y su proyecto de vida y los motive a investigar sobre los
distintos campos ocupacionales y propuestas de estudios superiores para lo cual el docente
debe ayudarlos en la búsqueda de información a través de la participación en ferias de
carreras, concursos, olimpíadas, cursos, y cualquier otro evento que facilite el acercamiento
del estudiante de la escuela secundaria a las instituciones de estudios superiores.
Las Prácticas Educativas establecen un diálogo continuo entre la formación lograda en la
escuela y en múltiples intercambios dentro de ámbitos laborales y/o sociales, lo que da
lugar a significar la realidad social y educativa.
PROPOSITOS DE LAS PRÁCTICAS EDUCATIVAS.
-integrar y contextualizar aprendizajes adquiridos a lo largo del proceso de formación en
situaciones sociales y laborales;
-posibilitar el acercamiento a áreas laborales y/o sociales donde pueda poner en juego
conocimientos construidos en la escuela, y reconocer las posibilidades y limitaciones que
ofrece el medio socio-económico-cultural para su inserción laboral y/o carrera profesional;
-posibilitar la construcción de valores sociales en relación a la vida cotidiana en sociedad,
propiciando el respeto por el otro, y por las instituciones públicas y privadas;
-lograr la utilización de herramientas cognitivas para intervenir en problemáticas laborales
futuras;
-confianza en su preparación para el trabajo;
-vinculación con el mundo del trabajo, la producción, la ciencia y la tecnología;
-orientación vocacional y laboral que le ayude a definir su proyecto de vida.
CRITERIOS DE ABORDAJE DE LAS PRÁCTICAS EDUCATIVAS.
Las Prácticas Educativas están diseñadas como un trabajo de campo que puede darse en
forma pluridisciplinar, donde los estudiantes puedan poner en práctica saberes y actitudes
aprendidas a lo largo de la escuela secundaria, no sólo los contenidos específicos sino
también los relacionados con el respeto, la solidaridad y el compromiso social.
Este espacio se organiza en dos instancias, una de tipo áulico, donde el docente guiará a los
estudiantes en la elección, elaboración y presentación de los distintos proyectos para la
puesta en práctica de acciones desde la orientación elegida; y otra extra-áulica, donde
puedan concretar las acciones planificadas en la instancia áulica. Esto exige de todas las
partes un acuerdo que delimite las acciones específicas a ser realizadas por cada una de
ellas.
FORMATOS DE LAS PRÁCTICAS EDUCATIVAS.
Las modalidades o formatos elegidos para llevar adelante las Prácticas Educativas deben
estar de acuerdo con las posibilidades e intereses de la institución y de los estudiantes, y se
puede optar por las siguientes: proyectos culturales, comunitarios y/o productivos;
participación y/o gestión de proyectos; experiencias educativas en el ámbito laboral; micro
emprendimientos; organización de espacios para producciones artísticas que puedan
socializarse a través de espectáculos, muestras, ferias encuentros, exposiciones, etc.
PERFIL DEL PROFESOR DE PRÁCTICAS EDUCATIVAS.
El perfil del docente deberá evidenciar sentido de pertenencia y compromiso con la
institución escolar, conocimiento de las instituciones de la zona y capacidad para establecer
vínculos con ellas.
Entre sus funciones serán las de organizar, coordinar, supervisar y evaluar la vinculación de
los distintos tipos de Prácticas Educativas con los contenidos desarrollados en los demás
espacios curriculares. Además de establecer vínculos entre la institución educativa y las
instituciones del medio facilitando la firma de convenios y respetando sus términos; realizar
un plan de trabajo anual; orientar a los estudiantes en su desarrollo. Cuando las Prácticas
Educativas se desarrollan fuera del ámbito escolar deberá realizar un seguimiento y
evaluación de las actividades que se llevan a cabo y de su desempeño de cada uno de los
estudiantes, llevando un registro de dichas actividades destacando sus logros y dificultades.
PERFIL SEGÚN LAS ORIENTACIONES:
Orientación en Arte: Docente de Artes Visuales, Teatro, Música
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