lunes, 1 de marzo de 2021

DESIGNACIÓN TRANSITORIA Y EXCEPCIONAL DE LA E.E.T.N° 1 "ALF. DE NAVÍO J. M. SOBRAL"

 Primera Convocatoria Designación Transitoria Excepcional

La Rectoría de la EET N° 1 “Alf. De Navío J M Sobral” Anexo FP, CUE 300-1543, de la ciudad de Gualeguaychú, llama a adjudicación transitoria excepcional en el marco de la 0220/21 CGE Anexo II PRIMERA CONVOCATORIA teniendo en cuenta los inc. a) al h) del Art. 140° de la Resolución N° 1000/13 CGE, a realizarse el día 03 de Marzo de 2021 a las  8:00 hrs.de los cargos y/u horas cátedra que se detallan a continuación:

·         1 cargo Preceptor Turno Mañana de Lunes a Viernes - Carácter Transitorio.

·         03 hrs STE Informática 1°1° CB – TT - Martes 9,40 a 11,50- Carácter Transitorio.

Los/las aspirantes tendrán veinticuatro (24) horas reloj anteriores a la designación, para manifestar vía correo electrónico oficial tecnicasobralgchu@yahoo.com.ar su voluntad de participar en el concurso virtual, especificando las vacantes de su interés, nombres y apellido, DNI, teléfono de contacto, correo electrónico.

Los interesados deberán adjuntar foto de la Credencial de Puntaje y del DNI (enviada escaneada vía correo electrónico). – En caso de No tener credencial de puntaje deberá adjuntar: título o constancia de título en trámite registrado en la Dirección de Recursos Humanos y DNI (enviada escaneada vía correo electrónico).

La Rectoría confeccionará un orden de mérito entre los aspirantes teniendo en cuenta los inc. a) al h) del Art. 140° Resolución 1.000/13 CGE. En caso de empate, se definirá según el Artículo 145° de la precitada Resolución.

Desde la institución se comunicará a todos los aspirantes el resultado y ofrecerá la suplencia con carácter de “transitoria” al docente del establecimiento que resulte primero en el orden de mérito. Si no aceptara, se continuará ofreciendo la vacante según el orden de mérito establecido.

El/la docente que se adjudique expresará (dentro de las 24 horas) su conformidad por el mismo medio, debiendo enviar planilla de incompatibilidad. Tendrá que integrarse en forma inmediata a las nuevas funciones, tanto presenciales como no presenciales (sistema mixto).

Las coberturas serán en el marco del régimen de incompatibilidad vigente.

La documentación que llegue fuera de término no será considerada para el procedimiento de designación transitoria excepcional.

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