DISPOSICIÓN N° 1 /18 D.E.J.A
VISTO:
La Resolución Nº 0222/16 CGE, de fecha 01 de marzo de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que la
citada norma legal destinó tres (03) cargos de Supervisor de Educación
Secundaria de la Modalidad de Jóvenes y Adultos que tendrán a su cargo la
supervisión de las instituciones y servicios dependientes de la Dirección de
Educación de Jóvenes y Adultos;
Que
es necesario garantizar la
cobertura de los cargos supervisor zonal de dicho nivel y modalidad mediante
concurso que contemple la evaluación de título y antecedentes valorados para su
desempeño profesional, teniendo en cuenta las funciones específicas inherentes
al rol;
Que el cargo de supervisor se concursará
por la normativa vigente para el Nivel de Educación Secundario;
Que para la cobertura del cargo mencionado
se tendrá en cuenta la credencial
vigente emitida por Jurado de
Concursos del Consejo General de Educación;
Que la sede de Supervisión de Educación de
Jóvenes y Adultos de Educación Secundaria se encuentra ubicada en la localidad
de Paraná: Zona 6 y le corresponderá atender los servicios educativos
dependientes de la Dirección de Educación de Jóvenes y Adultos que se
encuentren dettados en el Anexo I de la presente;
Que
Jurado de Concursos ha tomado la intervención que le compete;
Que en el marco de la autonomía conferida
al Consejo General de Educación por el Artículo 253º de la Constitución
Provincial, tiene la atribución de aprobar la reglamentación de concursos
docentes, tal como lo establece la Ley de Educación Provincial N° 9890 en su
Artículo 166°, Inciso “g”;
Por ello;
LA DIRECCIÓN DE
EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS
DEL CONSEJO GENERAL
DE EDUCACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º: Convocar al Acto de Adjudicación para la cobertura del cargo de Supervisor de
Zona 6 de Educación Secundaria de Jóvenes y Adultos, Sede Paraná, en carácter
interino según Artículo 141°
- Resolución N° 1000/13 y Circular N° 03/15 J. de C. a realizarse en Jurado de
Concursos del Consejo General de Educación, el día 22 de febrero de 2018 a las
10.00 horas.-
ARTÍCULO 2º: Determinar que el cargo
mencionado en el artículo precedente deberá atender los servicios educativos de
Nivel Secundario dependientes de la Dirección de Educación de Jóvenes y Adultos
que se detallan en el Anexo I.
ARTÍCULO 3º: Establecer que las Direcciones
Departamentales de Escuelas serán responsables de la difusión y notificación de los aspirantes, debiendo
elevar a Jurado de Concursos la documentación probatoria con antelación de veinticuatro (24) horas al momento del acto.-
ARTÍCULO 4º:Registrar, comunicar y remitir
copia autenticada a: Vocalía, Secretaria General, Jurado de Concursos, Tribunal
de Calificaciones y Disciplina, Dirección de Educación de Jóvenes y Adultos, Dirección de Recursos Humanos, Direcciones
Departamentales de Educación y
establecimientos del Nivel y Modalidad, posteriormente archivar.
ANEXO I
UNIDADES
EDUCATIVAS DE EDUCACION SECUNDARIA ZONA 6
Nº 26
“Victoriano Montes”
Nº 141
“Ramón S. Otero”
Nº 142
“Leopoldo Herrera”
Nº 143
“Manuel P. Antequeda”
Nº 144
“Carlos M. Onetti”
Nº 155
“SupremoEntrerriano”
Nº 156
“Amado Bompland”
Nº 79
“Alberto Gerchunoff”
UNIDADES
EDUCATIVAS DEL SECUNDARIO SEMIPRESENCIAL
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